Todos los trayectos cuentan: lo que cambia el Tribunal de Casación sobre el tiempo de desplazamiento laboral
El 23 de noviembre de 2022, el Tribunal de Casación dictó una sentencia de gran repercusión para las empresas con empleados itinerantes. Al reclasificar ciertos trayectos como tiempo de trabajo efectivo, sacude hábitos bien arraigados en numerosos sectores. Y digamos que la información ha pasado... como una carta sin acuse de recibo.
Un fallo que lo cambia todo (o casi)
El caso juzgado se refería a un empleado itinerante, obligado a utilizar un vehículo de empresa, seguir una planificación fijada por su empleador y permanecer localizable durante sus desplazamientos. ¿Clásico, verdad? Lo que no es tan clásico es que el Tribunal de Casación consideró que sus tiempos de trayecto entre su domicilio y los primeros o últimos clientes del día debían contarse como tiempo de trabajo efectivo.
📌 Referencia de la sentencia : Cass. soc. 23 noviembre 2022, n° 20-21.924
Recordemos que, hasta ahora, el artículo L.3121-4 del Código del Trabajo distinguía claramente el “trayecto domicilio-lugar de trabajo” del “tiempo de trabajo efectivo”. Ya no es tan simple. Este giro también es conforme a la jurisprudencia europea.
Pero, ¿qué es un trayecto con tiempo de trabajo “efectivo”?
El Código del Trabajo define el tiempo de trabajo efectivo como el periodo durante el cual el empleado está a disposición del empleador, sigue sus directrices y no puede dedicarse libremente a asuntos personales. Así, un técnico en ruta durante el trayecto domicilio/trabajo, localizable y dirigido por una planificación precisa... cumple todos estos requisitos.
Y ahí es donde está el problema: muchos empleadores siguen ignorando esta decisión, por desconocimiento o simple inercia. Resultado: se exponen a reclamaciones salariales masivas si deben regularizar varios años de prácticas inadecuadas.
¿Por qué esta sentencia ha pasado desapercibida?
Sencillamente porque los hábitos son difíciles de cambiar. La mayoría de los empleadores siguen basándose en la versión canónica del artículo L.3121-4. Sin embargo, el derecho evoluciona, y el riesgo jurídico no hace más que aumentar.
Muchas empresas aún ignoran que todos los trayectos pueden ahora ser objeto de reclasificación. Y esto no solo afecta a los grandes grupos: las pymes e incluso las estructuras de menos de 10 empleados pueden verse afectadas siempre que empleen técnicos itinerantes y no tengan en cuenta el tiempo de trayecto desde el domicilio hasta el lugar de intervención.
Concretamente, ¿qué consecuencias para los empleadores?
Además de la evidente necesidad de remunerar las horas extra vinculadas a estos desplazamientos, los empleadores deben sobre todo adoptar una nueva postura:
- Optimizar los trayectos para evitar excesos innecesarios,
- Racionalizar la planificación teniendo en cuenta el lugar real de salida del empleado,
- Revisar los modelos de reporting para integrar estos nuevos criterios.
Cadulis y el tiempo de trayecto: de la restricción a la oportunidad
Cadulis no ha esperado a esta decisión para anticipar el reto. Nuestra plataforma ya tiene en cuenta todos los trayectos en el cálculo de los tiempos de intervención. Y eso no es todo:
- Los trayectos se calculan automáticamente a partir de la dirección de salida del empleado (domicilio o depósito),
- Exportaciones detalladas permiten visualizar los tiempos pasados en la carretera,
- Estos datos son reutilizables para cuadros de mando de toma de decisiones, útiles tanto para RRHH como para la dirección operativa.
¿El bonus inesperado? Analizando estos tiempos, algunas empresas ahora adaptan su estrategia de reclutamiento: la localización del empleado se convierte en un criterio tan importante como sus competencias.
¿Cuáles son los riesgos de ignorar este cambio?
Ignorar esta sentencia es como jugar con una cerilla sobre un barril de horas extra no pagadas. En caso de litigio, la regularización puede extenderse a varios años. Para un empleado antiguo, o un grupo de técnicos, la suma puede hacer que una prima de fin de año parezca calderilla para el aperitivo.
El verdadero reto: cambiar las mentalidades
El verdadero reto no es técnico. Es cultural. Mientras la norma siga siendo considerar los trayectos como un “entre-dos difuso”, las empresas seguirán navegando a ciegas — con el riesgo de acabar encalladas en el arrecife judicial.
¿Y si por fin reconociéramos el tiempo pasado en la carretera como lo que realmente es? Trabajo.
En conclusión: más vale prevenir que regularizar
Esta sentencia marca un punto de inflexión. No un tsunami, pero sí una ola de fondo lenta y segura. Ignorar la reclasificación de los tiempos de trayecto como tiempo de trabajo efectivo es asumir un riesgo innecesario. Por tanto, es urgente:
- Ponerse en conformidad con la legislación actual,
- Utilizar herramientas que lo tengan en cuenta,
- Transformar una restricción en una palanca de rendimiento operativo.
El tiempo de trayecto ya no es un ángulo muerto. Es un dato valioso. Siempre que se sepa anticipar.
