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Todos los trayectos cuentan: lo que cambia el Tribunal de Casación para el tiempo de desplazamiento laboral

Un técnico satisfecho con su herramienta informática
Desde una sentencia dictada en noviembre de 2022, el Tribunal de Casación ha modificado profundamente la interpretación del "tiempo de desplazamiento laboral" para los empleados itinerantes. Una decisión que ha pasado mayormente desapercibida, pero cuyas consecuencias jurídicas, financieras y organizativas son muy reales. Ha llegado el momento de analizar más de cerca lo que esto implica.

Resumen

Todos los trayectos cuentan: lo que cambia el Tribunal de Casación para el tiempo de trayecto laboral

El 23 de noviembre de 2022, el Tribunal de Casación emitió una sentencia de gran repercusión para las empresas con empleados itinerantes. Al reclasificar ciertos trayectos como tiempo de trabajo efectivo, trastoca prácticas muy arraigadas en numerosos sectores. Y digamos que la información ha pasado... como una carta sin acuse de recibo.

Un fallo que lo cambia todo (o casi)

El caso juzgado concernía a un empleado itinerante, obligado a utilizar un vehículo de empresa, seguir una planificación fijada por su empleador y permanecer localizable durante sus desplazamientos. ¿Clásico, verdad? Lo que ya no lo es tanto es que el Tribunal de Casación consideró que sus tiempos de trayecto entre su domicilio y los primeros o últimos clientes del día debían contarse como tiempo de trabajo efectivo.

📌 Referencia de la sentencia : Cass. soc. 23 noviembre 2022, n° 20-21.924

Recordemos que, hasta ahora, el artículo L.3121-4 del Código del Trabajo distinguía claramente el “trayecto domicilio-lugar de trabajo” del “tiempo de trabajo efectivo”. Ya no es tan sencillo. Este cambio también está en línea con la jurisprudencia europea.

Pero, ¿qué es un trayecto con tiempo de trabajo “efectivo”?

El Código del Trabajo define el tiempo de trabajo efectivo como el periodo durante el cual el empleado está a disposición del empleador, sigue sus directrices y no puede dedicarse libremente a asuntos personales. Así, un técnico en carretera durante el trayecto domicilio/trabajo, localizable y dirigido por una planificación precisa... cumple todos estos requisitos.

Y aquí es donde está el problema: muchos empleadores siguen ignorando esta decisión, por desconocimiento o simple inercia. Resultado: se exponen a reclamaciones salariales masivas si deben regularizar varios años de prácticas inadecuadas.

¿Por qué ha pasado desapercibido este fallo?

Sencillamente porque las costumbres son difíciles de cambiar. La mayoría de los empleadores siguen basándose en la versión canónica del artículo L.3121-4. Sin embargo, el derecho evoluciona, y el riesgo jurídico no hace más que aumentar.

Muchas empresas aún ignoran que todos los trayectos pueden ahora ser objeto de reclasificación. Y esto no afecta solo a los grandes grupos: las pymes e incluso las estructuras de menos de 10 empleados pueden verse afectadas en cuanto empleen técnicos itinerantes y no tengan en cuenta el tiempo de trayecto desde el domicilio hasta el lugar de intervención.

Concretamente, ¿qué consecuencias tiene para los empleadores?

Además de la evidente necesidad de remunerar las horas extra relacionadas con estos tiempos de desplazamiento, los empleadores deben sobre todo adoptar una nueva postura:

  • Optimizar los trayectos para evitar excesos innecesarios,
  • Racionalizar la planificación teniendo en cuenta el lugar real de salida del empleado,
  • Revisar los modelos de reporting para integrar estos nuevos criterios.
💡 Importante saber: En caso de litigio, los jueces podrán exigir la reconstrucción de los tiempos de trabajo de varios años, con intereses de demora y daños y perjuicios incluidos.

Cadulis y el tiempo de trayecto: de la restricción a la oportunidad

Cadulis no ha esperado a esta decisión para anticipar el reto. Nuestra plataforma ya tiene en cuenta todos los trayectos en el cálculo de los tiempos de intervención. Y eso no es todo:

  • Los trayectos se calculan automáticamente a partir de la dirección de salida del empleado (domicilio o depósito),
  • Exportaciones detalladas permiten visualizar los tiempos pasados en carretera,
  • Estos datos son reutilizables para cuadros de mando de toma de decisiones, útiles tanto para RRHH como para la dirección operativa.

¿La ventaja inesperada? Al analizar estos tiempos, algunas empresas ahora adaptan su estrategia de contratación: la localización del empleado se convierte en un criterio tan importante como sus competencias.

¿Cuáles son los riesgos de ignorar este cambio?

Ignorar esta sentencia es como jugar con una cerilla sobre un barril de horas extra no pagadas. En caso de litigio, la regularización puede abarcar varios años. Para un empleado antiguo, o un grupo de técnicos, la suma puede hacer que una prima de fin de año parezca calderilla de aperitivo.

El verdadero reto: cambiar las mentalidades

El verdadero desafío no es técnico. Es cultural. Mientras la norma siga siendo considerar los trayectos como un “intermedio difuso”, las empresas seguirán navegando a ciegas — con el riesgo de acabar encalladas en el arrecife judicial.

¿Y si por fin reconociéramos el tiempo pasado en la carretera como lo que realmente es? Trabajo.

En conclusión: más vale prevenir que regularizar

Esta sentencia marca un punto de inflexión. No un tsunami, pero sí una ola de fondo lenta y segura. Ignorar la reclasificación de los tiempos de trayecto como tiempo de trabajo efectivo es correr un riesgo innecesario. Por tanto, es urgente:

  • Ponerse en conformidad con la legislación actual,
  • Utilizar herramientas que lo tengan en cuenta,
  • Transformar una restricción en una palanca de rendimiento operativo.

El tiempo de trayecto ya no es un ángulo muerto. Es un dato valioso. Siempre que se sepa anticipar.

Una medida a favor de los técnicos de campo
Las empresas deben remunerar los tiempos de trayecto.
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